Defendían lo que ahora deben combatir

Mariano Federici y María Eugenia Talerico, propuestos para titular y vice de la UIF, fueron impugnados por un centro de prevención del lavado por pertenecer a un grupo de abogados que defendían a acusados por ese delito. Entre ellos, el HSBC

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Por Raúl Dellatorre/Pagina 12

Los nombres propuestos por el Ministerio de Justicia para ocupar la presidencia y vicepresidencia de la Unidad de Información Financiera (UIF) resultaron impugnados por una organización dedicada a la prevención y persecución de la criminalidad económica, Cipce. En su impugnación, dicho centro de investigación sostuvo que los postulados, Mariano Federici y María Eugenia Talerico, se encuentran “incursos en un conflicto de intereses insoslayable e insuperable”, ya que integran, o integraron, un bufete de abogados encabezado por Juan Félix Marteau “dedicado precisamente al asesoramiento y defensa de presuntos lavadores”. Entre sus clientes figura el Banco Masventas SA, “que resulta ser el sujeto obligado que cuenta con más sanciones por parte de la UIF”. Talerico, además, es mencionada como “abogada defensora del banco HSBC en investigaciones por lavado de activos, siendo éste el banco que ha recibido multas más significativas por haber incumplido la normativa antilavado”.

“Con las nuevas autoridades que se proponen, la UIF pasará a ser manejada por un equipo de personas que hasta ahora se han desempeñado como defensores de personas y empresas investigadas por lavado de activos”, señala Cipce en su impugnación. “La mayoría de estos profesionales se agrupan en torno a la figura del abogado Juan Félix Marteau, cuyo estudio jurídico se dedica, precisamente, al asesoramiento y defensa de presuntos lavadores”. Menciona “su actuación como defensor del banco Masventas SA”, y que “se ha hecho público que tiene como clientes al JP Morgan y a Clarín en las respectivas causas por lavado de dinero que se siguen contra esas empresas”.

Con respecto a los candidatos propuestos, señala que “Mariano Federici, además de ser asesor del FMI, es consejero de la Fundación de Investigaciones en Inteligencia Financiera presidida por Marteau”, mientras que María Eugenia Talerico “se ha desempeñado como abogada defensora del banco HSBC en investigaciones por lavado de activos”. Cipce advierte que “en la declaración jurada presentada por Talerico en el marco de este proceso de selección, no se menciona al HSBC entre las personas jurídicas que ha tenido como clientes en los últimos años; sin embargo, entre las personas físicas, el último nombre que figura es el de Gustavo Peccora, y entre paréntesis se aclara HSBC Bank Argentina SA. Curiosamente, es la única persona física para la cual se hace una aclaración de este tipo”. Cipce requirió, a través del Ministerio de Justicia, que la UIF “informe si Talerico tuvo actuación como abogada defensora del HSBC en alguna causa o sumario”.

“En caso de que estos requerimientos de información lograran demostrar que, en el último año, Talerico ha defendido en alguna actuación de la UIF a cualquier persona física o jurídica, esto significaría automáticamente la imposibilidad de que la candidata ocupe la vicepresidencia del organismo.”

Cipce menciona que, dentro del mismo entramado de relaciones, aparecen otros profesionales que ocuparían cargos relevantes en la próxima gestión de la UIF, también vinculados a Juan Félix Marteau: María Celeste Plée (sería directora de Supervisión), Ignacio Hagelstron (iría al Secretariado Ejecutivo) y Federico Di Pasquale (ocuparía la Dirección de Asuntos Jurídicos).

A criterio del Centro de Investigación y Prevención de la Criminalidad Económica, “el problema reside en que mediante la designación en la UIF de profesionales que se dedican a estas actividades, el principal organismo públicos encargado de prevenir y perseguir el lavado de dinero será conducido por los defensores de los acusados por lavado. El conflicto de intereses es alevoso y grosero”.

Recuerda que la Oficina Anticorrupción, “uno de los principales organismos de control de los conflictos de intereses en la función pública”, entiende que éste se verifica “cuando el interés personal de quien ejerce una función pública colisiona con los deberes y obligaciones del cargo que desempeña”. Y agrega, como conclusión: “Creer que una persona puede pasar, automáticamente, a perseguir de manera eficaz a los sujetos cuyos intereses ha defendido durante años es, francamente, iluso”.

Ver impugnación del Cipce